Abogado Miguel Valerio afirma que nueva sentencia de la SCJ pone fin a ilegalidad del aeropuerto de Bávaro
SANTO DOMINGO, R.D. (VIPRENSA).-
Miguel Valerio, abogado de la Corporación
Aeroportuaria del Este, propietaria del Aeropuerto
Internacional de Punta Cana y del Grupo Punta Cana
declaró que la Suprema Corte de Justicia (SCJ),
órgano de mayor jerarquía jurisdiccional en el
sistema judicial dominicano, rechazó el recurso del
Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB) que buscaba
invalidar la declaración que lo calificaba de lesivo
al interés nacional emitida por el Instituto de
Aviación Civil (IDAC) y, de paso, desestima el
proyecto tal como fue concebido y aprobado
originalmente.
Valerio declaró que la sentencia evacuada por la
Suprema Corte de Justicia, en el último tramo del
recorrido judicial da la razón a quienes criticaron
el procedimiento por corrupción, e incluso,
desautoriza el decreto del Poder Ejecutivo, emitido
en el período de transición, que aprobaba el
proyecto AIB, impulsado por Abraham Hazoury junto a
otros socios por medio del Grupo Abrisa.
Explicó que las decisiones de la Suprema Corte de
Justicia son inapelables, por lo que la prohibición
para construir el aeropuerto Internacional de
Bávaro, por ser lesivo al interés nacional como
determinó la dirección actual del Instituto
Dominicano de Aviación Civil (IDAC), adquirió
categoría de la cosa irrevocablemente juzgada, que
“según nuestro ordenamiento legal es el carácter de
impugnabilidad que en determinado momento adquiere
la resolución judicial y pone fin al mismo”.
El jurista indicó que “Conforme con el artículo 26
literal r) de la Ley núm. 491-06 de Aviación Civil,
la facultad legal en la materia que tiene el titular
del Poder Ejecutivo, és la de impartir su aprobación
o no a la decisión del IDAC de establecer un
aeropuerto en un lugar determinado, por lo que
excede su competencia, al determinar, en el decreto
núm. 270-20, de fecha 21 de julio de 2020, de manera
directa, quién será la empresa beneficiaria de su
construcción y operación, así como autorizar la
firma de un contrato con el Estado dominicano”, se
indica en el apartado 55 de la sentencia.
Manifestó que la decisión dictada por la Tercera
Sala de la SCJ a unanimidad repasa a fondo las
argumentaciones que aportó el IDAC durante este
gobierno para la declaratoria de lesividad y pone en
evidencia que todo el proceso de aprobación del AIB
estuvo viciado, ya que.
“En el caso de la autorización del Aeropuerto
Internacional de Bávaro, como infraestructura de
titularidad privada, se observa que no fueron
respetadas las reglas de competencia y debido
proceso administrativo”, señala la sentencia hecha
pública la semana pasada.
Igualmente explicó que en las argumentaciones de la
alta corte se consigna la obligatoriedad que tiene
el Estado de licitar la construcción de un nuevo
aeropuerto al señalar que “los permisos, licencias,
autorizaciones, concesiones, que sean solicitados
por particulares en materia de infraestructuras,
deben ser adjudicados por los procedimientos
previstos en sus respectivas legislaciones
sectoriales, y en casos, como acontece en el ámbito
de la legislación sectorial aplicable en materia de
infraestructuras aeroportuarias, el procedimiento de
licitación establecido en la Ley núm. 340-06 del 18
de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de
Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y sus
modificaciones, a fin de garantizar los principios
constitucionales de transparencia, publicidad e
igualdad”.
El jurista señaló que, de manera taxativa, la
Tercera Sala de la SCJ determinó que, con la
formalización del inicio del proceso de construcción
y fiscalización del Aeropuerto Internacional de
Bávaro, sin previamente agotar un procedimiento de
licitación, se transgredieron también los principios
constitucionales de publicidad, transparencia,
igualdad y buena administración.
Valerio recordó que la justicia dominicana había
fallado en contra de la construcción del Aeropuerto
Internacional de Bávaro mediante la evacuación de
siete sentencias en su contra, ya que el mismo “es
un proyecto sin sentido e innecesario”. declaró que
además de esas siete decisiones judiciales, también
se suma la resolución del Ministerio de Medio
Ambiente y Recursos Naturales del 12 de septiembre
de 2022, que anuló la licencia ambiental que
favorecía esa obra, “corrigiendo así las
irregularidades que se cometieron a finales del
Gobierno pasado, con lo cual se reafirma el
fortalecimiento de las instituciones y de la
seguridad jurídica en la República Dominicana”.