Colegio de Abogados advierte que nuevo artículo 310 del Código Penal constituye un “atentado contra el derecho de defensa” y anuncia acciones ante el TC y jornadas de protesta
Por redacción -
Julio 21, 2026

Santo Domingo, R.D.-
El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana
(CARD), Trajano Potentini, rechazó de manera categórica la nueva
redacción del artículo 310 del proyecto de Código Penal aprobado
por la Cámara de Diputados, al calificarla como una disposición
"abiertamente inconstitucional, ilegal e inaceptable", por
entender que representa una grave amenaza al ejercicio de la
abogacía, al derecho de defensa y a las garantías fundamentales
que sustentan el Estado social y democrático de derecho.
Durante una declaración pública, Potentini sostuvo que la nueva
tipificación del denominado delito de ultraje en el ámbito
jurisdiccional introduce conceptos jurídicos abiertos, ambiguos
e indeterminados que indefectiblemente criminalizan actuaciones
propias del ejercicio profesional de los abogados, generando un
efecto intimidatorio incompatible con los principios
constitucionales del debido proceso, la tutela judicial efectiva
y la independencia de la defensa técnica.
A continuación citamos textualmente el recién aprobado artículo
que sin dudas plantea un escenario de miedo y terror en los
foros judiciales, por demás incompatibles con la naturaleza
propia de los litigios y las responsabilidades derivadas del
ejercicio profesional del derecho; veamos: «Artículo 310.-
Ultraje en el ámbito jurisdiccional. Constituye ultraje en el
ámbito jurisdiccional el hecho de pronunciar expresiones
ofensivas, intimidatorias o amenazantes, enviar escritos,
mensajes, imágenes u objetos, o realizar gestos o actos de igual
naturaleza, dirigidos contra un juez, secretario judicial,
representante del Ministerio Público, alguacil, intérprete o
perito judicial, con ocasión o en razón del ejercicio de las
funciones propias de su intervención en el proceso judicial,
cuando tales actuaciones sean idóneas para menoscabar gravemente
la dignidad de la función de impartir justicia o perturbar el
normal desenvolvimiento del proceso. El ultraje en el ámbito
jurisdiccional será sancionado con quince días a un año de
prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector
público.»
El dirigente gremial recordó que el antiguo debate sobre el
artículo 310 se concentró en la protección reforzada que
pretendía otorgarse a funcionarios públicos frente a expresiones
consideradas ofensivas. Sin embargo, advirtió que la versión
recientemente aprobada amplía y desborda cualquier alcance
inimaginable, en esta oportunidad referido al ámbito
jurisdiccional, incorporando como posibles conductas punibles
expresiones verbales, escritos, mensajes electrónicos, gestos e
incluso actuaciones realizadas fuera de la sala de audiencias.
Potentini afirmó que la norma vulnera los principios de
legalidad penal, taxatividad, seguridad jurídica, libertad de
expresión y derecho de defensa, al crear un tipo penal abierto
susceptible de interpretaciones arbitrarias. A su juicio, la
redacción genera una protección especial para jueces, fiscales,
alguaciles, secretarios y peritos, mientras coloca a los
abogados en una posición de vulnerabilidad durante el ejercicio
de su ministerio profesional.
Asimismo, sostuvo que la disposición podría inhibir o
criminalizar el ejercicio de mecanismos procesales legítimos
como recusaciones, incidentes, objeciones e impugnaciones, por
el temor de que dichas actuaciones sean interpretadas como
ofensivas, amenazas o incluso gestos actos conducentes al
denominado ultraje contra funcionarios judiciales.
De igual forma el presidente del CARD fue categórico al asegurar
que este artículo 310 viola los artículos 39, 40.15, 49, 69 y 74
de la Constitución; el artículo 13 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos; y en los criterios desarrollados por el
Tribunal Constitucional en las sentencias TC/0075/16, TC/0092/19
y TC/0348/19, así como por la Corte Interamericana en el caso
Kimel vs. Argentina.
El gremio calificó el texto como un “Frankenstein legislativo”,
asegurando que el proyecto originalmente tomaba como referencia
modelos comparados, pero fue desnaturalizado durante su
discusión congresual. Criticó además que las observaciones
presentadas por el Colegio de Abogados y otros sectores
especializados no fueran tomadas en consideración.
Como respuesta institucional, anunció que el Colegio de Abogados
ha sido declarado en sesión permanente y que estará convocando
en lo inmediato a la Junta Directiva Nacional, a los presidentes
seccionales, al Consejo de Expresidentes y al liderazgo jurídico
nacional para coordinar una estrategia unificada de defensa del
ejercicio profesional.
Entre las medidas anunciadas figuran la interposición de una
acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal
Constitucional, jornadas nacionales de orientación jurídica,
acciones institucionales ante el Senado de la República y
movilizaciones pacíficas en defensa del derecho de defensa y del
Estado de Derecho.
Finalmente, el CARD exhortó al presidente Luis Abinader a
revisar el contenido de la reforma y evitar que una disposición
de esta naturaleza afecte el legado institucional de las
reformas impulsadas por su administración.
