Corte Constitucional de Ecuador despenaliza la eutanasia
Por: VOA | 8 de febrero 2024
La decisión de la corte se produce en respuesta al caso de mujer que
sufre una enfermedad terminal y que aspira a una muerte asistida.
QUITO (VIPRENSA).-
La Corte Constitucional de Ecuador
aprobó el miércoles por primera vez la eutanasia tras una demanda
presentada por una mujer de 42 años que sufre una enfermedad terminal.
A su vez la Corte le concedió dos meses al Ministerio de Salud para
elaborar un reglamento sobre la eutanasia activa y seis meses a la
Defensoría del Pueblo para elaborar un proyecto de ley que la regule. En
tanto, la Asamblea deberá debatirlo y aprobarlo en 12 meses.
La decisión fue consecuencia de la lucha judicial impulsada por Paola
Roldán quien padece esclerosis lateral amiotrófica, una enfermedad que
progresivamente va inhabilitando sus músculos y que precisa asistencia
de oxígeno y personal especializado durante las 24 horas.
"Recibo esta noticia muy conmovida y con alivio", dijo Roldán tras
conocerse el fallo, en una rueda de prensa virtual, que ofreció junto
con sus abogados. "Hoy ha sido un momento muy especial para mí".
Roldán aseguró que llegó a "temer" que no viviría para conocer la
decisión judicial y agradeció a la Corte el "apostar por la solidaridad,
la autonomía, la libertad y la dignidad".
"Agradezco todos los que me han apoyado y también a mis detractores",
dijo la ecuatoriana. "La lucha por los derechos humanos nunca es un
camino asfaltado".
La sentencia de la Corte Constitucional, el máximo órgano de control e
interpretación de la carta magna, declaró la “constitucionalidad
condicionada” de la muerte asistida de Roldán siempre que se cumplan los
siguientes requisitos: que un médico se encargue del procedimiento y que
ella exprese su consentimiento inequívoco, libre e informado o a través
de su representante cuando no pueda expresarlo.
Además que padezca sufrimiento intenso provocado por una lesión que
necesariamente deberá ser de carácter corporal, grave e irreversible o
una enfermedad que sea grave e incurable.
A mediados de enero la mujer relató que entre Navidad y Año Nuevo estuvo
a punto de morir docenas de veces por atoramiento y que incluso recibió
los santos óleos, según contó en su cuenta de X mientras urgía a los
magistrados de la Corte una respuesta a su pedido.
En agosto de 2023 Roldán demandó la inconstitucionalidad del artículo
144 del Código Orgánico Integral Penal que tipifica el delito de
homicidio y prevé una pena de 10 a 13 años de prisión.
Según la demanda, esto implica una sanción a quienes intervengan en la
aplicación del derecho a la muerte digna. El escrito argumentó que la
muerte digna es un derecho de “quienes padecen y han sufrido
enfermedades graves o incurables” y deciden de manera “libre y
voluntariamente poner fin a su vida” para detener los “sufrimientos o
dolores intensos físicos o emocionales”.
Roldán presentó los primeros síntomas de la enfermedad en 2020 y la
enfermedad fue progresando hasta dejarla postrada en una camilla. Sólo
puede alimentarse por vía intravenosa.
“Semana a semana soy testigo consciente de cada facultad que voy
perdiendo”, había dicho en noviembre a los jueces de la Corte
Constitucional ante los cuales compareció vía internet.
La mujer siempre aclaró que su demanda para que se le permita acceder a
la eutanasia no buscaba “revictimizarse” ni causar lástima y precisó que
lo único que merecía era “una muerte con dignidad”.
En Ecuador la eutanasia no es legal pero sí se contempla la “eutanasia
pasiva”, que permite a un familiar tomar la decisión de desconectar los
equipos que mantienen con vida a un paciente, de acuerdo con el Código
de Salud.
De acuerdo con datos del Ministerio de Salud, en el país existen 58
casos de enfermedades neuromotoras degenerativas e incurables.
[Parte del reporte procede de AP]