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José Dantés afirma Ley 1-24 viola derechos constitucionales y restaura prácticas de la era de Trujillo
Por: Redacción | 31 de enero 2024
SANTO DOMINGO, R.D.
(VIPRENSA).-
El secretario jurídico del Partido de la Liberación Dominicana (PLD),
José Dantés Díaz, consideró que la Ley 1-24 que crea la Dirección
Nacional de Inteligencia (DNI) ¨viola de manera grosera principios,
garantías y derechos fundamentales de los ciudadanos establecidos en
la Constitución de la República y en otras leyes¨.
Dantés Díaz dijo que esa ley, que es antidemocrática y restaura
prácticas de la era de Rafael Leónidas Trujillo, es una muestra de
una intención autoritaria del Gobierno, que, a su entender, está
tratando de establecer un sistema de espionaje y obliga a los
ciudadanos del país y extranjeros en territorio dominicano a dar
informaciones que se les requieran, sin ningún tipo de control
jurisdiccional.
Entrevistado en el programa Toque Final con Julio Martínez Pozo, que
se transmite por Antena 7, afirmó que dicha legislación viola el
principio de legalidad del debido proceso, la presunción de
inocencia, derechos fundamentales, tales como, el de privacidad,
intimidad, buen nombre, honor, buena imagen, libertad de expresión,
secreto profesional, entre otros.
¨Esto es un atentado a las libertades públicas, que tanto le han
costado al pueblo dominicano, que tanto sudor, lágrimas y sangre ha
derramado durante décadas para obtener lo que hoy tenemos que
detener con las uñas frente a un Gobierno que procura coartar las
libertades fundamentales¨, manifestó el abogado.
En tanto, destacó, que la vía más efectiva para que quede sin efecto
es que el mismo presidente Luis Abinader mande cuanto antes un
anteproyecto de ley, donde se modifique la pieza.
El abogado entiende que para atacar la Ley 1-24 debe ser a través de
una acción directa de inconstitucionalidad en el Tribunal
Constitucional, así se pudiera expulsar esa norma del ordenamiento
jurídico, tomando en cuenta que ya es una ley.
Precisó que da mucha pena que esa pieza haya sido promulgada sin que
fuera observada por el Presidente, sin que su equipo le haya
advertido de que el contenido de la misma.
Agregó que también puede darse un recurso contencioso administrativo
contra los efectos de esta en el Tribunal Superior Administrativo (TSA),
donde se interponga un amparo de extrema urgencia a los fines de que
no sean aplicables las disposiciones de la norma.